ABIERTO EL PLAZO DE SOLICITUD DE AYUDAS previstas en la EDL Campiña Sur Cordobesa para 2017

edl 2014 2020

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural mediante Orden de 23 de noviembre de 2017, aprobó las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

Siguiendo la metodología Leader corresponde a los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía la elaboración y ejecución de una Estrategia de Desarrollo Local para un territorio local determinado, Zona Rural Leader. Las ayudas reguladas en la citada Orden de 23 de noviembre de 2017, están dirigidas a la implementación de operaciones conforme a las Estrategias de Desarrollo Local previstas por cada Grupo de Desarrollo Rural, en cada una de las Estrategias de Desarrollo Local diseñadas y seleccionadas de conformidad con la Orden de 19 de enero de 2016 y la Orden de 7 de noviembre de 2016, en consonancia con lo previsto en el artículo 35.1.b) del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

El objeto de la citada Orden de 23 de noviembre de 2017 es regular la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020: «Implementación de operaciones conforme a las Estrategias de Desarrollo Local» que contempla un único tipo de operación que está destinado a la ejecución de las Estrategias de Desarrollo Local por parte de las asociaciones que han sido reconocidas como Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía y que permitirá la concesión de subvenciones a las personas o entidades promotoras para que ejecuten las intervenciones contempladas en dichas Estrategias.

Las Estrategias de Desarrollo Local actúan sobre territorios rurales afectados por procesos de declive económico, disminución de la actividad económica y paro que obligan a la población, principalmente joven y mujeres, a emigrar a las ciudades. Evitar el despoblamiento del medio rural y conseguir una ocupación racional del territorio es el reto común que abordan todos los Grupos de Desarrollo Rural, de acuerdo con los retos específicos del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

Con esta finalidad se considera necesario regular la implementación de operaciones conforme a las Estrategias de Desarrollo Local en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, que permita la concesión de las ayudas para la ejecución de las intervenciones contempladas en dichas Estrategias que han sido previamente seleccionadas, que impulsarán el desarrollo local de las zonas rurales de Andalucía mediante las estructuras de partenariados público-privados, que ejerzan de representantes del territorio, promoviendo la vertebración social y poniendo en marcha un modelo de gobernanza local diseñados en las Estrategias de Desarrollo Local, a partir de compromisos entre los agentes y actores presentes en el territorio.

La finalidad de dichas ayudas se concreta en el fomento del empleo, el crecimiento económico, la innovación, la conservación y protección medioambiental y patrimonial, así como la mejora de la calidad de vida en el medio rural andaluz.

La presente Resolución se dicta de conformidad con el artículo 48 de la Ley Orgánica 2/2007, de 18 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución, en materia de agricultura, ganadería, pesca, aprovechamientos agroforestales, desarrollo rural y denominaciones de origen de calidad.

El Decreto de la Presidenta 12/2017, de 8 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en su artículo 7, atribuye a esta Consejería las competencias relacionadas con el desarrollo rural.

Por otra parte, el Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, establece en su artículo 1 que corresponde a esta Consejería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia agraria, pesquera, agroalimentaria y de desarrollo rural.

De conformidad con el artículo 17.3 de la Orden de 23 noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, se encuentra delegada en la persona titular de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural la competencia para convocar las ayudas previstas en dicha Orden.

FUENTE: JUNTA DE ANDALUCIA

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